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Presentaciones
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El material bibliográfico tiene las limitaciones y prohibiciones que los autores establecen en los mismos.

"LA SIGUIENTE PUBLICACIÓN SE REALIZA CON FINES EDUCATIVOS, SEGÚN: Artículo 63: Las obras protegidas por la presente ley podrán ser comunicadas lícitamente, sin necesidad de la autorización del autor ni el pago de remuneración alguna, cuando la comunicación: b) Se efectúe con fines exclusivamente didácticos, en el curso de las actividades de una  institución de enseñanza por el personal y los estudiantes de dicha institución, siempre que la comunicación no persiga fines lucrativos, directos o indirectos, y el público esté compuesto exclusivamente por el personal y estudiantes del centro educativo o padres o tutores de alumnos y otras personas directamente vinculadas con las actividades de la institución. LEY DE DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS DE GUATEMALA, DECRETO NÚMERO 33-98 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA".

 

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